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EL DERECHO COMO ARGUMENTACIÓN. JAIME CARDENAS.

Según la teoría de Cárdenas, la argumentación consiste en la generación y producción de razones para justificar pretensiones. proporciona tres concepciones, a saber:
a) La formal: que define al argumento y a la argumentación como inferencia lógico-formal.
b) La material: propia de la tópica y la retórica, ocupándose de la corrección de los argumentos y de la búsqueda de razones que les sustenten.
c) La dialéctica: entiende el proceso argumentativo como una serie de interacciones y un proceso dialógico sometido a reglas semánticas, sintácticas y pragmáticas.
La importancia de la argumentación reside en que es ahora uno de los elementos centrales del concepto de Estado de Derecho y un elemento fundamental de conformación del derecho así como son los principios y directrices.
Según Cárdenas, el nuevo Estado Constitucional en oposición al Estado de Derecho, permite una rectificación al concepto de democracia basado en el poder de las mayorias, ya que en este nuevo estado, la democracia implica también el respeto a los derechos humanos y por tanto la expresión de estos en principios constitucionales y en consecuencia su argumentación y sustento por parte de los tribunales.
La tesis central de su teoría se ha considerado como el Principialismo, donde la legitimidad de un poder judicial depende de la dirección de sus decisiones, para ser legitimo se debe dirigir a un auditorio universal cuando a través de sus decisiones promueve los canales de la democracia participativa y deliberativa, es decir, establece las condiciones para generar las bases comunicativas en la sociedad y desarrolla la sociedad abierta y tolerante, así mismo cuando se orienta a la protección de los derechos humanos en el sentido e consolidar una Constitución normativa.

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